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Los Comités de Seguridad y Salud Laboral son órganos paritarios y colegiados de participación, destinados a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conformados por los delegados o delegadas de prevención, por una parte y por el empleador o empleadora, en número igual al de los delegados o delegadas de prevención.
Para registrar los Comités es indispensable la presencia de al menos un (1) delegado o delegada de prevención y de un (1) representante de los patronos o patronas, y presentar los siguientes requisitos, originales y copias, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su constitución:
1. Solicitud en Formulario de registro del CSSL (Obligatorio)
2. Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona (Obligatorio)
3. Acuerdo Formal de Constitución del CSSL (Obligatorio)
4. Libro de Actas para las reuniones del CSSL, debidamente foliado, para ser sellado por la sala de registro de la Diresat
5. Carta Suscrita por los Integrantes del CSSL
6. Carta de Designación de los Representantes del Patrono o Patrona ante el CSSL
7. Carta de Aceptación de los Representantes del Patrono o Patrona en el CSSL. (Original)
8. Registro Mercantil actualizado
9. Acuerdo Formal de Decisión de Incorporarse al CSSL de la empresa beneficiaria y Acta de Asamblea de Trabajadores de ser el caso
10. Certificado de Registro de los Delegados o Delegadas de Prevención
Finalmente los integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral deberán solicitar al Jefe de la Sala de Registro la emisión de un Certificado del Registro del mismo para cada una de las partes.
El funcionario o funcionaria de la Sala de Registro que recibe los recaudos descritos anteriormente, realiza la revisión de estos, verificando que cumplan con todas las exigencias de ley. En caso de observaciones las hará saber por escrito a los miembros del Comité presentantes para que sean subsanadas.
Para registrar los Comités es indispensable la presencia de al menos un (1) delegado o delegada de prevención y de un (1) representante de los patronos o patronas, y presentar los siguientes requisitos, originales y copias, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su constitución:
1. Solicitud en Formulario de registro del CSSL (Obligatorio)
2. Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona (Obligatorio)
3. Acuerdo Formal de Constitución del CSSL (Obligatorio)
4. Libro de Actas para las reuniones del CSSL, debidamente foliado, para ser sellado por la sala de registro de la Diresat
5. Carta Suscrita por los Integrantes del CSSL
6. Carta de Designación de los Representantes del Patrono o Patrona ante el CSSL
7. Carta de Aceptación de los Representantes del Patrono o Patrona en el CSSL. (Original)
8. Registro Mercantil actualizado
9. Acuerdo Formal de Decisión de Incorporarse al CSSL de la empresa beneficiaria y Acta de Asamblea de Trabajadores de ser el caso
10. Certificado de Registro de los Delegados o Delegadas de Prevención
Finalmente los integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral deberán solicitar al Jefe de la Sala de Registro la emisión de un Certificado del Registro del mismo para cada una de las partes.
El funcionario o funcionaria de la Sala de Registro que recibe los recaudos descritos anteriormente, realiza la revisión de estos, verificando que cumplan con todas las exigencias de ley. En caso de observaciones las hará saber por escrito a los miembros del Comité presentantes para que sean subsanadas.
de verdad muy completa. gracias me han guiado...
ResponderEliminaruna pregunta: tres de los integrantes del comité de Seguridad y Salud Laboral ya no se encuentran en la empresa.
ResponderEliminar2 Delegados ( 1.renuncia voluntaria y 2. fallecimiento)
1 Representante patronal ( renuncia voluntaria)
Cual sería el proceso de actualización del comité? o se debe registrar nuevamente como la primera vez?
Gracias
En caso de que poseas la renuncia del delegado de prevención ante el inpsasel y con el acta de fallecimiento del otro delegado cosa que veo difícil, debes demostrarle al instituto que no tienes delegados de prevención... Deberás realizar el proceso de capacitación e incentivar al personal para que se realicen nuevas elecciones de delegados (as) de prevención... Con respecto al comité de seguridad tal y como dice en el acuerdo formal se hace por única vez. Por lo que debes designar a tus representantes del patrono y simplemente actualizas el comité...
Eliminarhola somo una cooperativa y todos somos asociados, no tenemos empleados, en este caso como podemos conformar el CSSL???
ResponderEliminarno incurrerias en delito te estarias pagando y dando el reto ... verdaderamente
Eliminarhttp://www.inpsasel.gob.ve/15_01_2007/Niftypage_08regla.html
ResponderEliminarBuenas tardes tengo un problemita acabo de entrar a trabajar a una empresa y me encuentro con que los delegados fueron elegidos en septiembre del año pasado pero el inpsasel aun no les ha dado el certificado de registro aun cuando ellos ya llevaron todos los papeles por esto no se ha podido conformar el comité, cual seria el procedimiento de actuacion en este caso? Gracias
ResponderEliminarno han llevado la documentacion completa eso es lo que pasa, denuncien eso ante la instancia y ya veran lo que le pasa a la empresa
Eliminaren caso contrario debes convocar nuevamente a elecciones ya que por el tiempo queda estemporaneo y realizar paso a paso lo establecido para este proceso de conforme a la ley LOPCYMAT
EliminarSaludos, en el caso de sucursales en diferentes ciudades se debe conformar un CSSL asi sean 4 personas?
ResponderEliminarclaro que si,, un cssl por sucursal
EliminarY, si en la sucursal hay solo un trabajador, y es trabajador de confianza, que se debe de hacer?
EliminarQUE REQUISITOS DEBE TENER UNA EMPRESA PARA REGISTRARSE EN EL INPSASEL
ResponderEliminarQue hago si en la oficina regional del Ministerio de Relaciones laborales no me reciben los documentos para el registro del delegado?
ResponderEliminarHola una Asociación Civil sin fines de lucro debe igual poseer el Número de Identificación Laboral? o este requisito no aplica para este tipo de Asociaciones? Gracias.
ResponderEliminarHola, las Asociaciones Civiles sin fines de lucro deben poseer igual el Número de Identificación Laboral? o este requisito no aplica para este tipo de asociaciones? Gracias.
ResponderEliminarMuy buenos días a todos, espero me puedan ayudar...
ResponderEliminarEs con relación al registro de usuarios para la declaración de accidente online... Mi empresa se encuentra registrada en el registro de usuario como sede principal. Actualmente dicha empresa tiene 2 frente fuera del estado... En el estado Anzoátegui una en El Tigre y otra en Lecharía.... Se muy bien que debo registrarla como usuario cada una de esos centros de trabajos..... la pregunta sería la siguiente: ¿Puedo registrarlas con el NIL de la empresa Principal o debo tramitar un NIL para cada sucursal o centro de trabajo?
Las sucursales llevan la misma Información de la principal, NIL, RIF etc.
Eliminarbuenos días, colega Gustavo tengo la misma Interrogante que ud. atenta a comentarios relacionados a este casos particular.
ResponderEliminarBuenos días a todos espero me puedan ayudar, estoy tratando de registrar los CSSL en varios estados y me esta solicitando el NIL regional, solo tenemos el NIL principal y con este no me dejan registrarlo, he preguntado al ministerio del trabajo en mi zona y no saben darme respuesta,
ResponderEliminarsaludos
existe un portal donde puedes registrar el centro de trabajo y obtener el NIL
EliminarCual es ese portal.? y por que lo hacen de esa manera.?
EliminarBuenas tardes por favor informeme si es necesario inscribir el comite si solo tengo un empleado en la empresa. Gracias. Estoi en Ciudad Bolivar a donde me dirijo en el caso de que se deba inscribir.
ResponderEliminarEs obligatorio, una vez realizada la documentación, debe dirigirse a la oficina del Inpsasel mas cercana.
Eliminarbuenas tardes por favor iniquemen si es necesario registrar el comite de seguridad y salud laborar ya que solo tengo un empleado
ResponderEliminarbuenas tardes! le empresa donde trabajamos, quebro y 2 integrantes del comite salieron en el recorte. solo hemos quedado 2. 1 delegado patronal y 1 de los trabajadores. mi pregunta es si podemos reelegir a los dos y suscribir a los otros dos .. para darle seguimiento al comite , ??
ResponderEliminargracias por su consejo.
que se debe hacer para activar el cssl y quienes lo deben activar
ResponderEliminarEl patrono por medio del servicio de seguridad y salud es quien debe incentivar a que se formalice el registro del comité de seguridad y salud.
Eliminarque se debe hacer para activar el cssl y quienes lo deben hacer
ResponderEliminarsaludos en la empresa donde trabajo ya hicieron elecciones ya q a los delegados se les venció el periodo y existe el comité q debo hacer después del proceso para actualizar el comité con los nuevos delegados cual seria procedimiento a seguir me puedes ayudar
ResponderEliminaruna pregunta el conteo de los votos del anexo 9 por ejemplo la empresa es de 12 trabajadores se deben elegir 2 delegados se postularon 3 para escoger 2
ResponderEliminaruno saco 9,otro 7 y 6 el total de los votos a poner en la planilla seria 22 o solo se q colocan los q ganaron
Explica mejor tu situación, es obligatorio que se deben postular mínimo 4, recuerda que las elecciones de los delegados debería ser por iniciativa propia de los trabajadores.
Eliminaruna pregunta el conteo de los votos del anexo 9 por ejemplo la empresa es de 12 trabajadores se deben elegir 2 delegados se postularon 3 para escoger 2
ResponderEliminaruno saco 9,otro 7 y 6 el total de los votos a poner en la planilla seria 22 o solo se q colocan los q ganaron
cada cuanto tiempo hay que reelejir al comite de seguridad y que se se debe hacer actualizar o que para el nuevo comite
ResponderEliminarBuenas noches. Estoy en una nueva empresa. En donde ya notificaron a inspectoria de trabajo. Hicieron elección e inpsasel ni se entero de la eleccion pero tienen todos sus formato de la guia tecnica. Ahora me toca registrar al delegado. Debo llevar toda la documentación a inpsasel.. sin previa solicitud? Solo tomarme un día y llevar loa soportes de que se hizo la eleccion y tenemos dos delegados?
ResponderEliminarUna vez que tenemos la notificacion de la inspectoria cual es el siguiente paso? Como se entra inpsasel que haremos la eleccion?
ResponderEliminarbuenas tardes actualmente estoy trabajando en una empresa donde la representante del patrono se retiro de la empresa por una mejor oferta laboral, en este caso que debo hacer para reemplazarla a ella por otro representante? QUE DEBO HACER? CUALES SERIAN LOS REQUISITOS PARA ACTUALIZAR EL COMITE, GRACIAS.
ResponderEliminarbuenas tardes, actualmente estoy con una empresa donde la representante del patrono renuncio por una mejor oferta laboral, cual serian los pasos a seguir para reemplazarla a ella en el comite... que requisitos debo entregar ante la desiret
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