Solicitan modificación de la Ley del Seguro Social

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El diputado Alfredo Ramos se reunió con la Ministra de Trabajo. Sugieren la creación de un sistema de pensiones

YANETH FERNÁNDEZ
eluniversal.com/


El diputado por la Causa R, Alfredo Ramos, planteó a la ministra de Trabajo, María Cristina Iglesias, la necesidad de reformar el artículo 6 de la Ley del Seguro Social.

Destacó que esta modificación permitirá que los trabajadores puedan cotizar por su cuenta en el Seguro Social para luego optar por la pensión de vejez.

"Es un compromiso del presidente Hugo Chávez cuando en su presentación de la Memoria en la Asamblea Nacional dijo que estaba de acuerdo con la reforma e instruyó a la ministra a reunirse conmigo", dijo.

A juicio del parlamentario, no es posible que "miles de adultos mayores, amas de casa, trabajadores por cuenta propia, no tengan la posibilidad de optar a la pensión por el solo hecho de que el Seguro Social no les permite registrarse".

Ramos destacó que esta modificación a la Ley del Seguro Social permitirá una base de apoyo financiero y "va a eliminar a los gestores y la corrupción que hay de mafias que cobran 10 mil de bolívares para gestionar la pensión".

Para respaldar este planteamiento, distintas organizaciones sindicales recolectarán firmas para solicitar por iniciativa popular la reforma puntual del instrumento legal.

En la reunión también se evaluó la creación de un sistema de pensiones, en el cual se contemple un fondo que se alimente con los aportes de los trabajadores, patrono y parte de la renta petrolera.

Otro de los aspectos tratados fue la ejecución de un cronograma de pago para que el Gobierno honre los pasivos pendientes con los trabajadores de la administración pública. De acuerdo al parlamentario, la deuda supera los 15 mil millones de dólares. Criticó que en la Asamblea Nacional se aprueben semanalmente hasta cinco créditos adicionales y ninguno para pagar las prestaciones.


Un mes sin respuesta del TSJ

El diputado indicó que la próxima semana solitarán al Tribunal Supremo de Justicia dar celeridad al amparo constitucional que introdujeron para que se restituya el derecho del Parlamento de legislar la Ley Orgánica de Trabajo (LOT).

Según Ramos, tienen más de un mes esperando respuesta. Le preocupa el hermetismo oficial con respecto a la LOT. "Si el Gobierno quisiera ayudar, no tuviese escondida, de forma misteriosa, la Ley de Trabajo", apuntó.

yfernandez@eluniversal.com

Discapacidad Laboral, un tema de todos

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Publicado por José Luis Cedeño acn.com.ve/ Trabajo de Marian Figueroa finanzasytributos.com Se conoce como discapacidad, la cualidad de discapacitado refiriéndose a la persona que tiene impedimento que limite alguna de las actividades cotidianas que pueden ser consideradas por el resto como normal, esto producto de una alteración en la parte intelectual o física. Muchos entornos laborales pueden ser escenarios de accidentes que a la larga produzcan en el trabajador un impedimento, obligándolo a disminuir su actividad hasta retirarse por completo de su puesto de trabajo. Quien sufra de un accidente laboral o enfermedad ocupacional que a largo plazo ocasione algún impedimento en la persona, el responsable de su contratación debe prever que el afectado pueda disfrutar de una remuneración, esto por ser el lugar de trabajo la causa de la enfermedad o discapacidad. En el artículo 78 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, estipula: Las prestaciones dinerarias del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se corresponden a los daños que ocasionen las enfermedades ocupacionales o los accidentes de trabajo a una trabajadora o trabajador afiliado, los cuales se clasificarán de la siguiente manera: 1. Discapacidad temporal. 2. Discapacidad parcial permanente. 3. Discapacidad total permanente para el trabajo habitual. 4. Discapacidad absoluta permanente para cualquier tipo de actividad. 5. Gran discapacidad. 6. Muerte. La Tesorería de Seguridad Social será la encargada de establecer las prestaciones dinerarias de acuerdo al tipo de discapacidad presentada en el artículo 78. El Régimen Prestaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo regirá las prestaciones de atención médica integral y de capacitación, así como la reinserción laboral. Como se establece en la Lopcymat, al trabajador o trabajadora se le otorgarán las prestaciones dinerarias dependiendo del número de cotizaciones hechas.Los sobrevivientes del trabajador también cuentan con los beneficios que se estipulan en la ley. Respecto a las pensiones, estas serán incrementadas de acuerdo a la inflación que se registra. Se tomará en cuenta los estudios y valuaciones económico actuariales hechas por el Sistema de Seguridad Social. A efecto de la discapacidad temporal, el artículo 79 señala: La discapacidad temporal es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al trabajador o trabajadora amparado para trabajar por un tiempo determinado… El trabajador o trabajadora tiene derecho a una prestación monetaria que equivale al 100% del monto del salario haciendo referencia al número de días que dure la discapacidad. A partir del 4º día de la ausencia ocasionada por el accidente o enfermedad hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o declaración permanente de discapacidad. La persona responsable de contratar a quien haya sufrido el accidente laboral será el responsable de cancelar el salario, incluyendo los beneficios socioeconómicos correspondientes a su jornada regular a los 3 primeros días sucesivos de la discapacidad temporal. La cancelación se hará sobre el 100% del monto del salario. El trabajador o trabajadora puede pasar con discapacidad temporal un lapso de 12 meses. La Lopcymat estipula que luego de haber pasado el tiempo reglamentario, el empleado debe ser evaluado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, esto con la finalidad de determinar una evolución favorable en el trabajador para lograr una próxima reinserción laboral. De pasar el tiempo prudente y haber mejoría en la persona, el trabajador o trabajadora pasará a la categoría de discapacidad: 1.1. Discapacidad Parcial Permanente. 2.2. Discapacidad Total Permanente para el trabajo habitual. 3.3. Discapacidad Absoluta Permanente para cualquier tipo de actividad laboral. 4.4. Gran Discapacidad. Con respecto a la discapacidad parcial permanente, la Lopcymat lo define en el artículo 80 como: la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, genera en el trabajador o trabajadora una disminución parcial y definitiva menor del sesenta y siete (67%) por ciento de su capacidad física o intelectual para el trabajo causando prestaciones dinerarias según se indica… Para la Ley Orgánica Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo se hará un pago de 5 anualidades del último salario de referencia a la cotización del trabajador o trabajadora si hay un 25% de la disminución de su capacidad física o intelectual, afectado su oficio habitual. En caso de que la disminución parcial y definitiva sea mayor a 25% y menor de 67% de su capacidad física o intelectual, corresponde una renta vitalicia en 14 mensualidades anuales. De conformidad con la Ley, se debe hacer un incremento del 50% si el trabajador o trabajadora amerita atención permanente por la discapacidad. La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo reconoce en el artículo 83 como gran discapacidad: la contingencia que, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, obliga a el trabajador o trabajadora amparado a auxiliarse de otras personas para realizar los actos elementales de la vida diaria. En este caso, el trabajador o trabajadora tendrá derecho, además de la prestación dineraria establecida en los artículos 79 y 82, a percibir una suma adicional de hasta el cincuenta por ciento (50%) de dicha prestación, pagadera en mensualidades sucesivas, en el territorio de la República, en moneda nacional, mientras dure esta necesidad. Este pago adicional no será computable para la determinación de la pensión de sobrevivientes que eventualmente se genere. En caso de que el accidente laboral o la enfermedad del trabajador o trabajadora hayan ocasionado el fallecimiento del mismo, se hará un equivalente de 20 salarios mínimos el cual será recibido por sus sobrevivientes calificados para el pago. Todo empleado debe gozar con beneficios que lo ampare ante cualquier accidente laboral que ponga en riesgo su integridad física y mental. Lcda. Marian Figueroa – Equipo de Redacción de www.finanzasytributos.com. Revista comprometida a la divulgación profesional editada por la firma Morillo Miguens & Asociados E-mail: contacto@finanzasytributos.com

LOT incluirá en pre y post natal a trabajadoras de unidades productivas

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Entre las novedades que tendrá la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), Braulio Álvarez, diputado a la Asamblea Nacional, destacó este lunes la incorporación al reposo pre y post natal de todas las trabajadoras de unidades productivas, cooperativas y centros endógenos agrarios. avn.info.ve/ Durante una entrevista en el programa Toda Venezuela, que transmite Venezolana de Televisión, Álvarez indicó que otro aspecto de relevancia en la nueva LOT es que se le cancelará a los trabajadores la retroactividad de las prestaciones sociales que les fueron robadas en el pasado por la derecha venezolana. "Mientras en Europa se reducen los beneficios a los trabajadores, en Venezuela estamos impulsando una ley y lanzando nuevas misiones" para aumentar esos beneficios, expresó Alvarez. Destacó que la Gran Misión Saber y Trabajo, que busca reducir los índices de desempleo en el país, garantizará la generación de seis millones de empleos en los próximos seis años. "Es una garantía de que estamos moviendo el piso económico y productivo del país y a la vez echando las bases para una independencia real de cómo darle valor agregado a nuestro esfuerzo", añadió el parlamentario. Para el 1º de mayo venidero se prevé que la nueva LOT sea promulgada por el presidente de la República, Hugo Chávez.

Mujeres elaboran propuestas para una LOT que reconozca labores del hogar

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Las amas de casa, además de dedicarse a las labores del hogar, progresivamente han incorporado a su vida la agenda política y revolucionaria, para convertirse en unas luchadoras a tiempo completo con la meta de que su trabajo sea reconocido en la nueva Ley Orgánica del Trabajo. avn.info.ve/ De acuerdo con Nora Castañeda, integrante del Frente Bicentenario 200, en la actualidad las amas de casa, que son un poco más del 40% de las mujeres venezolanas en edad de trabajar, también comparten su tiempo con labores comunitarias, hecho demostrado con la elevada participación de las féminas dentro de los Consejos Comunales de todo el país. "Más del 60 de los Consejos Comunales están dirigidos por las mujeres, eso quiere decir que el trabajo de la mujer no tiene límite: trabajan en la casa, hacen dulce para tener un pequeño ingreso, le dedica un espacio importante a los hijos, atienden al esposo, y por si fuera poco también trabajan en beneficio de su comunidad", dijo Castañeda.y presidenta del Banco de Desarrollo de la Mujer (Banmujer), Es por eso -agrega la titular de Banmujer- la perfecta distribución de las actividades de la mujer "debe ser reconocida en la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT)", que será promulgada por el presidente de la República, Hugo Chávez, el 1º de mayo de este año. "La Constitución Bolivariana reconoce claramente la labor de la mujer que no percibe remuneración, y esta nueva Ley no puede quedarse atrás, debe de dar cumplimiento a lo establecido en nuestra Carta Magna, y ofrecer reconocimiento a quien reconocimiento merece", manifestó Castañeda. Una LOT feminista y revolucionaria Alba Carossio, del movimiento de La Araña Feminista, dice que para conseguir esta reivindicación desde 2010 más de 50.000 venezolanas se han incorporado a la elaboración de propuestas para la nueva LOT. Señaló Carossio que esta nueva LOT responderá al contexto actual, "porque estamos dejando atrás la sociedad capitalista dependiente, injusta y excluyente. Esta LOT será un instrumento que, entre otras cosas, hará posible la construcción de la patria justa. Será una Ley revolucionaria y feminista". Soraya Guerra, es una de las mujeres que han participado de forma activa en la preparación de las propuestas para la nueva LOT. Guerra pasó gran parte de su vida atendiendo a sus tres hijos y a su esposo. Ahora, continúa con esa labor, pero además le dedica un importante espacio al trabajo comunitario y a su formación profesional. "Participo porque quiero que las mujeres que trabajan en el hogar, como yo, reciban el reconocimiento que se merecen. Son mujeres luchadoras como cualquier otra que recibe un sueldo, por eso esta Ley tiene que revindicarlas", dijo. La señora Soraya Alvárez también participa en la construcción de la LOT y se ocupa en motivar a otras mujeres para que cooperen. "Me la paso invitando a mis vecinas para que conozcan esta nueva Ley, para que den sus aportes y alcanzar que nuestras demandas queden expresadas", dijo. Mujeres trabajando Las reflexiones, debates y encuentros para consolidar las visiones y propuestas sobre los derechos laborales de las mujeres en la nueva LOT continuarán este 10, 14 y 15 de febrero en la sede de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv), ubicada en San Martín, Caracas. Para el 22 de marzo realizarán el II Encuentro Nacional Mujer, Trabajo y Salud, en Maracay, estado Aragua. Estas actividades son organizadas por colectivos y movimientos sociales, así como por algunas instituciones del Estado, como la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv) y la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec). La meta es entregar un documento final al presidente de la República, Hugo Chávez, el 8 de marzo de marzo, fecha en que se conmemora el Día Internacional de la Mujer Trabajadora.

Accidentes en Pdvsa

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EDDIE A. RAMÍREZ S
EL UNIVERSAL

La industria petrolera es una actividad de alto riesgo y por ello quienes la dirigen deben estar conscientes de los peligros que enfrentan sus trabajadores, las comunidades vecinas y el medio ambiente, así como el elevado costo económico de los accidentes. En la Pdvsa meritocrática, es decir hasta el 2002, el número de accidentes era reducido. En las refinerías por cada millón de horas hombre de exposición ocurrían menos de dos accidentes por año y solo 0,5 a 0,2 accidentes fatales. En la Pdvsa roja, el Informe del 2010 reporta 9,40 accidentes y 5,97 fatalidades, por cada millón de horas hombre de exposición. Desde el 2003 a la fecha han ocurrido 300 accidentes de gran magnitud, con un saldo de 70 trabajadores fallecidos y el Informe del 2010 consigna 2.805 trabajadores lesionados.

Sin duda, este aumento de accidentes se debe a que los revolucionarios no aplican el Sistema de Gerencia de Riesgos que, entre otros aspectos, contempla un compromiso gerencial. Pero, ¿cómo puede haber compromiso gerencial si la directiva dedica gran parte de su tiempo a difundir la "revolución", organizar milicias, asistir a actos del "comandante-presidente y ordenar la asistencia de los trabajadores, así como a señalar supuestos logros en la construcción de viviendas y en la producción de alimentos? Además, recorta las partidas de mantenimiento, no cuenta con personal supervisor capacitado y mantiene intranquilos a los trabajadores por las violaciones al contrato colectivo.

Los recientes accidentes ilustran el descuido de la empresa. En el caso de la gandola en la Panamericana, según declara una testigo, la cisterna venía derramando gasolina por la tapa de arriba. De ser cierto, la responsabilidad está en la planta de llenado, ya que esa tapa no se utiliza y debe estar sellada. El barco que chocó contra la boya en Anzoátegui, fue porque la misma no tenía señalización y en la explosión del taladro en Punta de Mata, los operadores no hicieron caso a los signos de aumento de presión de gas. En las refinerías ocurren el 60% de los accidentes, de los cuales un 64,4% fueron en el Centro de Refinación de Paraguaná (CRP), un 25,2% en El Palito y el restante 10,3% en la de Puerto La Cruz. Ante esta grave situación, el director de Pdvsa Jesús Luongo declaró que son exageraciones de los medios y el Inpsasel no se da por enterado. Cabe destacar que varios sindicalistas han denunciado los hechos y que el artículo 131 de la Ley respectiva contempla pena de prisión de ocho a diez años para el empleador en caso de muerte de un trabajador como consecuencia de violaciones a la normativa legal.


eddiearamirez@hotmail.com


Afinan cronograma para la redacción final de la nueva LOT

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La LOT debe ser presentada antes del 1ero de Mayo

Xiomara Borges.-

elmundo.com.ve/



La Comisión Presidencial encargada de recopilar propuestas y redactar la nueva Ley Orgánica del Trabajo (LOT), durante esta semana afinarán el cronograma de trabajo, para delimitar próximos eventos, debates y redacción final del instrumento legal.

El jurista Antonio Espinoza Prieto, asesor jurídico y miembro de la referida comisión , dijo que por lo menos tienen hasta ahora 3.500 propuestas y papeles de trabajo que la Comisión comenzó a decantar porque en materia de derecho del trabajo "hay que poner los pies en la tierra".

Informó que en el evento del 31 de enero, realizado en Maracay, estado Aragua, asistieron 1.400 dirigentes sindicales y allí se recopilaron unas 20 carpetas con propuestas a la nueva Ley laboral. De la misma manera indicó que todas estas propuestas están siendo analizadas.

Se espera que para marzo y abril, se haga la última etapa de consulta de parlamentarismo de calle. Todo este mes se utilizará para la recopilación de las propuestas a escala nacional, explicó.

Fue consultado en torno a las observaciones hechas recientemente por el Partido Comunista (PCV) . La tolda roja plantea que la jornada diurna no podrá exceder de seis (6) horas diarias, ni de treinta y seis (36) semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de seis (6) horas diarias ni de treinta y cuatro (34) horas semanales, esto para abrir más puestos de trabajo, según explica.

La Comisión Presidencial propone 7 horas diarias y 35 semanales en la jornada diurna. Mientras que la nocturna 6 horas y media diaria y 32 horas y media semanales.

Lea más sobre la nueva Ley del Trabajo en la edición impresa de El Mundo, Economía y Negocios de este lunes 06 de febrero de 2012.

Trabajar más de 11 horas duplica la probabilidad de sufrir depresión

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elmundo.com.ve/

Las personas que extienden su jornada laboral hasta 11 horas o más tienen el doble de probabilidades de sufrir depresión, según un estudio publicado por The Independet.

El diario británico reseñó un estudio de seis años realizado a 2.000 persona de mediana edad en el Reino Unido, que demostró un “vínculo fuerte” entre las horas extras y la depresión.

Además, el trabajo extra sube a 60% el riesgo de sufrir enfermedades del corazón. Más de 40% de la pérdida de empleos en Reino Unido están relacionados con la depresión, apunta The Independent.

Según el estudio, los hombres casados y de empleos de alto desempeño suelen ser los más propensos a trabajar horas extras en ese país. Además, son más propensos a ingerir alcohol por encima de los límites recomendados.