Otro Blog del Grupo Noticias en Tweets »» Sígueme en Facebook Sígueme en Twitter Suscríbete a NT Youtube Suscríbete Gratis Síguenos en Google +

Anúnciate AQUI
Suscríbete Gratis
Síguenos en Whatsapp
Síguenos en Youtube
Síguenos en Twitter
Síguenos en Instagram
Síguenos en Facebook



Cómo descargar e imprimir el RIF Digital

Días Feriados Venezuela 2021

Histórico de Gacetas Oficiales

Precio del Dólar en Venezuela (+Histórico)
Mostrando entradas con la etiqueta Normativa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Normativa. Mostrar todas las entradas

Algunos ejemplos de normas de seguridad para personal administrativo o de atención al público

Recibe nuestras actualizaciones vía Email


Las normas de seguridad son los lineamientos a seguir por los trabajadores que minimizan los riesgos de accidentes laborales lamentables. Estas varían entre los distintos tipos de procesos productivos y tareas. Por lo general, entre más riesgos asociados tenga una tarea o labor especifica más estrictas y de mayor número serán las normas de seguridad.

Por experiencia propia sé que el cumplimiento de las normas de seguridad y salud laboral es el punto en el que llegan a tener desavenencias los trabajadores y los delegados de prevención que los representantes, ya que es un deber de estos últimos, junto a los patronos y el comité de seguridad hacer cumplir dichas normas y una obligación de los primeros el cumplirlas.

Las normas de seguridad deben darse a conocer de forma amplia y masiva a los trabajadores. Por lo general estos llegan a ver las normas a través de varias fuentes que aquí comento: en el Programa de Salud y Seguridad; en las notificaciones de riesgos (de forma resumida); en las carteleras informativas del comité o de los delegados, y de forma escrita entregada directamente al trabajador bien sea en folletos, trípticos o cualquier otro medio informativo diseñado para ello. En lo particular diseñé unos abanicos de mano (muy artesanales) en los cuales se leen de lado y lado las normas de seguridad, aprovechando estos tiempos de racionamiento eléctrico y calor.

Aquí les dejo algunas normas de seguridad dirigidas al personal administrativo o de atención al público que pueden ser adaptadas a su negocio o actividad.

Invito a los lectores que contribuyan con nuevas normas para mejorar el conjunto de normas aquí descritas. Puede hacerlo dejando un comentario en el post o enviarlas al correo maelarias@hotmail.com


Normas Generales de Seguridad e Higiene

Personal Administrativo: Gerente, Subgerente, Atención al Paciente, Control de Citas, Encuestadores, facturación, auxiliares y similares

Higiene en Atención Directa al Paciente
  • Mantener una distancia apropiada al paciente que se atiende


Higiene en el Centro de Trabajo
  • Lávese las manos con agua y jabón frecuentemente, y con jabón líquido antibacterial cada vez que lo considere necesario.

  • Mantenga el área de trabajo limpia, especialmente mesas, escritorios, gavetas, teclado y mouse.

  • Solicite la limpieza y desinfección del área de trabajo cuando lo considere necesario.
    Revise constantemente floreros o recipientes con agua en busca de la presencia de larvas de zancudos.
  • Prohibido dejar comida en el mobiliario de oficina (escritorio, gavetas, casilleros).


Recomendaciones de Salud y Seguridad
  • Adopte posturas correctas.

  • Manipule cuidadosamente carpetas (Historias) y hojas de papel para evitar cortaduras.

  • Prohibido fumar dentro de las instalaciones del centro de trabajo, incluido los baños.

  • No ingiera alimentos ni bebidas en el área de trabajo, ni en los baños.

  • Tápese la boca al estornudar o toser (Se aconseja el uso de servilletas desechables).

  • Evite colocar recipientes con café, jugos, agua o cualquier líquido cerca de equipos eléctricos como computadoras, fax o impresoras.

  • Manipule de forma adecuada los equipos de oficina cortantes y punzo penetrantes.

  • Camine con precaución, en línea recta. Siempre descienda escaleras con el uso de los pasamanos.

  • No deje equipos eléctricos encendidos. Desconectar cargadores de todo tipo al salir del área de trabajo.

  • Sea cortés. Controle emociones excesivas o inapropiadas en situaciones de presión en el centro de trabajo.

  • Prohibidos los debates por temas políticos y religiosos, asimismo queda estrictamente prohibido toda acción tendiente a molestar o perturbar la actividad del equipo (bromas, chistes, rumores, etc)
  • No lave utensilios de comida en los lavamanos.

  • No coloque servilletas, comida, ni ninguna clase de objetos dentro del vaso del WC.

  • No pase a las áreas restringidas: gerencia, facturación y depósitos.

  • Notifique a la gerencia la presencia de defectos ergonómicos en el mobiliario de oficina.

  • Notifique la presencia de roedores, serpientes, arácnidos o cualquier tipo de animal o insecto así como la presencia de desechos fecales u orina de animales e insectos en el dentro del área de trabajo.

  • Reporte a los delegados de prevención o a cualquier miembro del CSSL, toda situación que genere riesgos a la seguridad y a la salud en el centro de trabajo.



Recomendaciones de Seguridad para evitar hurtos o robos en las instalaciones del Centro de Trabajo
  • No exhiba objetos valiosos, como celulares, equipos electrónicos, bolsos y carteras, manténgalos guardados mientras no se estén usando.

  • Esté alerta de cualquier persona sospechosa en el centro de trabajo, notifique su presencia al Jefe de Seguridad.

  • Mantenga cerrada gavetas, casilleros y todo mobiliario utilizado para el resguardo de los objetos personales.

  • No deje el puesto de trabajo solo.

  • Notifique al Jefe de Seguridad cuando requiera dejar objetos personales en el área de trabajo en horario fuera del la jornada laboral (incluyendo hora de almuerzo)

  • Evite dar información de cobros, depósitos o compras de bienes de alto valor con extraños o compañeros de trabajo.

  • Verifique siempre la presencia de Personal de Seguridad en las áreas establecida para ello (entrada y estacionamiento). Notifique el incumplimiento de esta norma.

  • Notifique a la Gerencia y al Jefe de Seguridad acerca del ingreso al centro de trabajo de equipos de su propiedad de gran valor como: computador portátil, equipos electrónicos, etc.

  • Notifique al Jefe de Seguridad la permanencia de personal ajeno a la empresa en áreas permitidas solo para los trabajadores (Sala de Conferencia, Comedor, Patio).

  • Advierta de forma cordial al paciente o persona extraña de la prohibición de permanecer en ese lugar.

  • Notifique al Jefe de Seguridad y a la Gerencia cualquier condición insegura.

  • Notifique inmediatamente hurtos y atracos en las instalaciones del centro de trabajo

  • La empresa no se hace responsable por objetos de alto valor dejados en la gaveta sin notificación.

¿Quiénes son los(as) delegados(as) de prevención?

Los delegados o delegadas de prevención son los representantes de los trabajadores, elegidos por y entre estos, por medios democráticos, con atribuciones específicas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, quienes serán sus representantes en el Comité de Seguridad y Salud Laboral. (Artículo 41 de la Lopcymat).

Proceso de Elección de Delegados de Prevención
Derechos y garantías de los Delegados y Delegadas de Prevención
Atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención
Número de Delegados de Prevención según número de trabajadores
Facultades de los Delegados o Delegadas de Prevención

Ver video informativo del Inpsasel

Atribuciones de los delegados o delegadas de prevención

Todo sobre Delegados y Delegadas de Prevención

Las atribuciones de estos delegados están establecidas, de manera enunciativa, en el artículo 42 de la Lopcymat:


a) Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el Comité de Seguridad y Salud Laboral.

b) Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución.

c) Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora de la acción preventiva y de promoción de la salud y seguridad en el trabajo.

d) Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.

e) Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo.

Facultades de los delegados o delegadas de prevención


Todo sobre Delegados y Delegadas de Prevención

Los delegados o delegadas de prevención, en uso de sus atribuciones quedan facultados para:

a) Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación, descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas.

b) Tener acceso, con las limitaciones previstas en esta Ley, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Esta información podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad y el secreto industrial.

c) Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los trabajadores y trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las circunstancias de los mismos.

d) Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de los organismos competentes.

e) Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a la recreación y descanso, para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo.

f) Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral para su discusión en el mismo. La negativa del empleador a la adopción de estas medidas deberá ser motivada.

Derechos y garantías de los(as) delegados(as) de prevención

Todo sobre Delegados y Delegadas de Prevención

Para el desempeño eficaz de estas atribuciones los delegados o delegadas de prevención, de conformidad con el artículo 44 de la Lopcymat, están amparados por los siguientes derechos y garantías:

a) Una vez electos el o los(as) delegados(as) de prevención y hasta tres (3) meses después de vencidos los dos años que debe durar en sus funciones (en el supuesto que no sean reelectos), quedan investidos de la inamovilidad especial establecida en el artículo 44 de la Lopcymat, por tanto no podrán ser despedidos, trasladados y desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo y siguiendo los trámites indicados en el artículo 453 de la Ley Orgánica del Trabajo. La violación de esta inamovilidad laboral, acarreará sanciones para el empleador con multas de setenta y seis (76) unidades a cien (100) unidades tributarias. (artículo 120, numeral 18 de la Lopcymat).

b) El tiempo utilizado por el delegado o delegada de prevención para el ejercicio de sus funciones, así como para la formación en materia de salud y seguridad laboral, será considerado como parte de la jornada de trabajo, otorgándosele licencia remunerada. La negativa del empleador de otorgar licencia remunerada a los delegados de prevención, está tipificada como falta grave en el artículo 119, numeral 4 de la Lopcymat y es sancionada con multas de veintiséis (26) a setenta y cinco (75) unidades tributarias por trabajador expuesto.

c) El empleador o empleadora deberá facilitar y adoptar todas las medidas tendentes a que el delegado de prevención pueda realizar sus actividades cuando actúa en cumplimiento de sus funciones.

d) El delegado de prevención tiene derecho a recibir del empleador, los medios y la formación en materia de salud y seguridad en el trabajo que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones. De igual forma deberá recibir formación en el área de promoción, desarrollo, evaluación y monitoreo de programas de recreación, utilización de tiempo libre, descanso y turismo social. Esta formación siempre que sea posible, deberá ser impartida dentro de la jornada de trabajo y si ocurriese fuera de ella, descontar de la jornada laboral (Artículo 53, numeral 2 de la Lopcymat).

Todo sobre Delegados y Delegadas de Prevención
Proceso de Elección de Delegados de Prevención
Derechos y garantías de los Delegados y Delegadas de Prevención
Atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención
Número de delegados de Prevención según número de trabajadores
Facultades de los Delegados o Delegadas de Prevención

Número de Delegados de Prevención según número de trabajadores

Número de Delegados de Prevención según número de trabajadores




Descargar LOPCYMAT

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo


Desde el portal del Mintra
Click aquí para DESCARGAR


Desde portal de Inpsasel
Click aquí para DESCARGAR


Desde portal de Inpsasel II
Click aquí para DESCARGAR

Descargar Reglamento Lopcymat



REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
Descargar desde el portal del Inpsasel
Click aquí para DESCARGAR


Exámenes de Salud de los Trabajadores exigidos por la LOPCYMAT

Consulte AQUÍ nuestras ofertas de servicios para exámenes de salud a los trabajadores

El Artículo 27 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo expone todo lo referente a los exámenes de salud de los trabajadores y las trabajadoras. En este se expresa lo siguiente:

Los trabajadores y las trabajadoras tienen derecho a obtener de los Servicios de
Seguridad y Salud en el Trabajo toda la información sobre su salud, que se encuentre a disposición del patrono, patrona y especialmente, la relativa a los exámenes de salud que les sean realizados, cuyo resultado debe comunicárseles dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su obtención.

Asimismo, los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a la confidencialidad de los resultados frente a terceros, los cuales sólo podrán comunicarse a éstos, previa autorización del trabajador o la trabajadora; salvo aquella que sea requerida por los Delegados y Delegadas de Prevención, las autoridades judiciales y de salud, y por los funcionarios y funcionarias de inspección del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en cuyos casos la información requerida deberá entregarse de forma inmediata.

Se consideran exámenes de salud periódicos, entre otros, el examen preempleo, prevacacional, postvacacional, de egreso y aquellos pertinentes a la exposición de los factores de riesgos.

Requisitos para registrar el Comite de Seguridad y Salud Laboral

Usar dos Tarjetas de Crédito en una misma compra, acumula dólares a 4.3 para compras futuras, aprovecha hasta el 70% de descuento en todas tus compras y muchas ventajas más. Cómprala una Gift Card YA... Conozca cómo comprar una Gift Card


Recibe nuestras actualizaciones vía Email
Envía por correo tu aporte a este blog



Los Comités de Seguridad y Salud Laboral son órganos paritarios y colegiados de participación, destinados a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conformados por los delegados o delegadas de prevención, por una parte y por el empleador o empleadora, en número igual al de los delegados o delegadas de prevención.

Para registrar los Comités es indispensable la presencia de al menos un (1) delegado o delegada de prevención y de un (1) representante de los patronos o patronas, y presentar los siguientes requisitos, originales y copias, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su constitución:

1. Solicitud en Formulario de registro del CSSL (Obligatorio)

2. Número de Identificación Laboral (NIL) del patrono o patrona (Obligatorio)

3. Acuerdo Formal de Constitución del CSSL (Obligatorio)

4. Libro de Actas para las reuniones del CSSL, debidamente foliado, para ser sellado por la sala de registro de la Diresat

5. Carta Suscrita por los Integrantes del CSSL

6. Carta de Designación de los Representantes del Patrono o Patrona ante el CSSL

7. Carta de Aceptación de los Representantes del Patrono o Patrona en el CSSL. (Original)

8. Registro Mercantil actualizado

9. Acuerdo Formal de Decisión de Incorporarse al CSSL de la empresa beneficiaria y Acta de Asamblea de Trabajadores de ser el caso

10. Certificado de Registro de los Delegados o Delegadas de Prevención


Finalmente los integrantes del Comité de Seguridad y Salud Laboral deberán solicitar al Jefe de la Sala de Registro la emisión de un Certificado del Registro del mismo para cada una de las partes.

El funcionario o funcionaria de la Sala de Registro que recibe los recaudos descritos anteriormente, realiza la revisión de estos, verificando que cumplan con todas las exigencias de ley. En caso de observaciones las hará saber por escrito a los miembros del Comité presentantes para que sean subsanadas.

Como se llena el libro de actas de los Comités de Seguridad y Salud Laboral

Vea AQUÍ todos los requisitos para el registro del CSSL

Algunas cosideraciones para el llenado del libro de actas de los Comités de Seguridad y Salud Laboral exigido por el Inpsasel


El libro de actas debe estar debidamente foliado (indicar el número de página o folio) marcando cada folio con número y letra en la parte superior derecha. Sin embargo, algunos Libros de Actas encontrados en librerías y papelerías ya están foliados con números y aparentemente el Inpsasel los acepta en esta modalidad.

Se debe reservar el primer folio (es decir, primera hoja completa de ambos lados) para la apertura del libro de actas, la cual debe ser realizada por la Unidad Técnico Administrativa del Inpsasel.

En los folios siguientes debe trascribirse el Acta Constitutiva del comité (también llamada Acuerdo Formal de Constitución del CSSL, es decir, el requisito Nº 3) y de el acta de elección si fuere el caso. También debe incluir todas las funciones y actividades del Comité de Seguridad y Salud Laboral y por último debe estar sellados y firmados por sus integrantes.

Evite tachaduras o enmiendas, transcriba en letra corrida escrita a mano, no deje espacios ni líneas entre párrafos.

Posteriormente, en el libro de actas deben registrarse todas las actividades que realice el Comité de Seguridad y Salud Laboral.

Nota: Cabe destacar que el CSSL deberá presentar durante los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes ante las unidades técnicas-administrativas del Inpsasel (Diresat), el informe de las actividades desarrolladas mediante formulario elaborado, a tal efecto por el Inpsasel; en tal sentido no se requerirá la presentación del Libro de Acta, sólo cuando el funcionario de inspección lo solicite en las actuaciones en los centros de trabajo.

Procedimiento para el registro de Delegados de Prevención

Esto proceso consta de dos etapas, la primera es el registro de delegados, y la segunda es la certificación de los mismo.

Una vez que haya culminado la elección de delegados y delegadas de prevención, los trabajadores electos deben dirigirse a las Sala de Registro de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (Diresat) de su estado llevando los requisitos para formalizar su registro para posteriormente recibir el Certificado correspondiente.

Los requisitos son:
Original o copia de la notificación realizada por los trabajadores o sus representantes al Inspector del Trabajo (Anexo 1).
Nombramiento de la comisión electoral (Anexo 6).
Original de Acta de Apertura de Mesa (Anexo 7).
Original del Cuaderno de Votación (Anexo 8).
Original del Acta de Escrutinio (Anexo 9).
Planilla para el Registro del o los Delegado(s) o Delegada(s) de Prevención
(Anexo 10).
Nómina de los trabajadores suministrada por la empresa.
Copia de la Cedula de Identidad de los Delegados y Delegadas de Prevención electos.

El funcionario del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales consignará la planilla de registro acompañada de la documentación recaudada ante la oficina de registro de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores correspondiente. El funcionario debe informar al delgado o delegada la fecha de la entrega de la Certificación de Registro.

Posteriormente, el delegado o delegada de prevención elegido(a), podrá acudir ante la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores correspondientes a los fines que se le emita Certificación de Registro (Anexo11). Este es requisito indispensable para el registro del Comité de Seguridad.

Profesionales: Requisitos para registrarse en el INPSASEL

Usar dos Tarjetas de Crédito en una misma compra, acumula dólares a 4.3 para compras futuras, aprovecha hasta el 60% de descuento en todas tus compras y muchas ventajas más. Cómprala una Gift Card YA..

Conozca cómo comprar una Gift Card


¿Cuáles requisitos deben cumplir los profesionales para registrarse?

Descargue AQUI el instructivo

Los profesionales que realicen actividades de asesoría, capacitación y servicios en materia de seguridad y salud en el trabajo, ya sea de forma dependiente o en el libre ejercicio de su profesión, deben cumplir con una serie de requisitos contemplados en el Reglamento de la Lopcymat, en su artículo 40, y son los siguientes:

Cancelar la tasa por concepto de registro, correspondiente a cinco (05) Unidades Tributarias en la cuenta corriente del Inpsasel Nº 00030029260001183598, en cualquier agencia del Banco Industrial de Venezuela.

Presentar original y dos (02) copias de la solicitud de registro realizada por Internet, conjuntamente con los siguientes documentos en copias fotostáticas, presentando a su vez, los respectivos originales

Comprobante de pago de la tasa correspondiente (5 UT).
Fotocopia de la cédula de identidad.
Resumen curricular (debe incluir original y copia de todos los soportes que respalden estudios, cursos o demuestren la experiencia en el área en la cual se desea registrar).
Inscripción en el colegio profesional correspondiente, de ser el caso.
Toda la documentación debe ser presentada en una carpeta de fibra (marrón) tamaño oficio.
Presentar la documentación en original, a fines de verificar la información