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Lottt establece pago mínimo de 30 días de utilidades

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Las empresas deben cumplir con este compromiso próximamente YANETH FERNÁNDEZ - eluniversal.com

Se acerca el mes de diciembre y las empresas tienen la responsabilidad de distribuir al personal por lo menos el 15% de los beneficios líquidos que hayan obtenido al final de su ejercicio fiscal, bajo la figura que se conoce como las utilidades.

En esta oportunidad es importante que los patronos tomen en cuenta que la Ley del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt), que entró en vigencia en mayo pasado, contempla modificaciones en el esquema de pago de este beneficio.

La nueva legislación laboral elevó a 30 días el mínimo para el cálculo de las utilidades. La Ley del Trabajo de 1997 (LOT) establecía, para este pago, el equivalente al salario de 15 días.

De igual forma, quedaron eliminadas las excepciones del límite máximo.

Anteriormente se contemplaba el pago equivalente a dos meses en aquellas empresas con menos de 50 trabajadores y menos de 1.000 bolívares de capital social.

Según el artículo 131 de la nueva Ley del Trabajo, el límite máximo es el equivalente al salario de cuatro meses.

El texto reza expresamente que "esta obligación tendrá, respecto de cada trabajador o trabajadora como límite mínimo, el equivalente al salario de treinta días y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro meses".

En las empresas sin fines de lucro se establece el pago de una bonificación equivalente a 30 días de salario.

Se mantiene vigente que cuando el trabajador no hubiese laborado todo el año, el cálculo de las utilidades se limita a los meses de servicios prestados.

En caso de que la terminación de la relación de trabajo ocurra antes del cierre del ejercicio, la liquidación de la parte correspondiente a los meses servidos podrá hacerse al vencimiento del ejercicio.

El pago de utilidades debe efectuarse dentro de los primeros 15 días de diciembre o en la fecha que haya sido establecida mediante convención colectiva.

yfernandez@eluniversal.com

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