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Advierten que fondo limitará disponibilidad de prestaciones

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El régimen actual permite, mediante un trámite sencillo, retirar hasta 75% del monto acumulado. La finalidad de las prestaciones es que las personas cuenten con un dinero disponible cuando se retiren del trabajo o cuando lo necesiten


Alejandro Hinds
el-nacional.com




La creación de un fondo gubernamental para depositar las prestaciones sociales de los empleados públicos y privados limitará el acceso de los trabajadores al dinero que acumulan por este concepto, advierten especialistas en derecho laboral.

El presidente Hugo Chávez ratificó el sábado que la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo incluirá la creación del fondo. Agregó que los recursos podrán utilizarse para financiar la edificación de viviendas y realizar otras inversiones en beneficio de los trabajadores.

Ramón Aguilar, profesor de la Universidad Central de Venezuela, señala que eso es mezclar peras con manzanas.

"Es darle destinos impropios a cosas que tienen un fin específico. Para financiar la construcción residencial ya hay un régimen prestacional de vivienda y hábitat".

Agrega que la idea, aunque positiva, puede convertirse en otro seguro social. "La finalidad de las prestaciones es que las personas, como tienen una capacidad de ahorro limitada, cuenten con un dinero disponible cuando se retiren del trabajo o cuando lo necesiten. El fondo debe garantizar eso".

Maryolga Girán, abogada especializada en derecho laboral corporativo, indica que el problema es que el Gobierno no se ha caracterizado por ser un buen administrador. "Hablamos de una masa inmensa de recursos, que además rinde intereses. Se convertirá en otro presupuesto paralelo".

Dice que para los patronos es indiferente dónde estén depositadas las prestaciones sociales.

"Da igual que sea un fideicomiso bancario, un fondo gubernamental o la contabilidad propia, porque al momento en que el empleado lo requiera debe tener ese dinero". Pero considera que los trabajadores deben preguntarse si les conviene tener las prestaciones sociales en un fondo que no saben cómo será manejado ni si rendirá cuentas. "¿Qué pasará cuando una persona necesite el dinero y no esté disponible o tenga que esperar meses para obtenerlo?".

El régimen actual, implementado en 1997, brinda a los patronos dos opciones para manejar los cinco días de salario que deben entregar cada mes por concepto de prestaciones sociales: depositarlas en un fideicomiso bancario o registrarlas en la contabilidad a nombre del trabajador.

En ambos casos el dinero acumulado genera intereses, a una tasa fijada por el Banco Central de Venezuela, y la persona puede retirar hasta 75% del monto ­mediante un trámite que suele ser rápido y sencillo­ para cubrir gastos de educación, salud o vivienda.

Por definir
Aguilar y Girán consideran necesario que la normativa para crear el fondo de prestaciones sociales aclare el destino de los recursos acumulados hasta la fecha por este concepto, que suman casi 42 millardos de bolívares solamente en la banca.

Dicen que lo más indicado, tomando en cuenta el principio constitucional de que las leyes no pueden aplicarse de manera retroactiva, sería hacer una especie de corte de cuenta y darle la opción al trabajador de decidir entre cobrar el dinero ahora o depositarlo en el nuevo fondo.

Pero no descartan que el Gobierno decida transferir los recursos directamente. En cualquier caso pudiera haber algunas complicaciones. No tanto para la banca, porque los fideicomisos están separados del resto de sus operaciones, sino para las empresas que lo tienen como un registro contable.

"El hecho de que esté asentado en la contabilidad de la compañía no quiere decir que esté disponible", indica Aguilar. Por eso, obligar a pagar el dinero acumulado o a transferirlo al fondo, generará problemas de liquidez e incluso quiebras, sobre todo en el sector de las pequeñas y medianas empresas.

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