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Indemnización por accidente de trabajo

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MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ
www.protejase.com

¿Cómo estima el juez el monto de la indemnización de los daños ocasionados a la víctima del accidente laboral, aéreo, de tránsito o marítimo en Venezuela? Al respecto, en nuestra condición de abogados en ejercicio, nos correspondió examinar la situación jurídica planteada por un ciudadano que manipulando una máquina en su puesto de trabajo perdió la mano derecha. El artefacto venía presentando fallas, pero el trabajador, siguiendo órdenes del supervisor, continuó laborando. La máquina se accionó atrapando la mano del operador, por lo que hubo que amputar y colocarle "una mano cosmética de cuatro dedos". El trabajador demandó a la empresa, pretende cobrarle el pago de la indemnización por daño moral según los artículos 1193 y 1196 del Código Civil venezolano.

Al contestar la demanda, los abogados de la defensa reconocen que hubo relación laboral, el monto del salario y que el "percance" sucedió dentro de la jornada de trabajo. No obstante, negaron el pago de la indemnización por cuanto aducen que el accidente no se ocasionó motivado al incumplimiento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (Lopcymat) o por tolerarse condiciones inseguras en la sede social. Sostienen que el hecho fatal se produjo por negligencia de la víctima, niegan la existencia del hecho ilícito e increpan que no hay repercusiones psíquicas sufridas por el trabajador. Advierten que el reclamante es quien debe comprobar la causa y consecuencia del accidente, léase los daños y perjuicios.

La Ley Orgánica del Trabajo prevé que el patrono responde por el accidente, siendo irrelevante las condiciones en que acontece; se trata de la Responsabilidad Objetiva (Heurística del Derecho de Obligaciones). Bastará acreditar la ocurrencia del hecho y el grado de incapacidad o daño sobrevenido para precisar el monto de la indemnización. Por otra parte, la Lopcymat regula la materia preventiva del riesgo laboral: el patrono responde si el accidente deviene de las condiciones inseguras advertidas. El empleado probó con testigos que el patrono conocía la situación de riesgo en la máquina defectuosa. El trabajador reclama la indemnización del daño moral por responsabilidad objetiva o riesgo profesional que asume el patrono ante el infortunio laboral. El pago procede por cuanto la cosa ha creado un riesgo y hay obligación legal de resarcir el daño siempre que se pruebe que el hecho generador causó repercusión psíquica o afectiva a la víctima.

Los abogados en Venezuela, especialistas en juicios o demandas por reparación de daños materiales y morales, recomiendan estimar la cuantía de la indemnización en base a las pruebas. Al dar la segunda opinión legal en una auditoría solicitada indicamos que las pruebas son, entre otras, las declaraciones de los testigos que presenciaron el accidente, las inspecciones practicadas por un Notario Público y las documentales (fotos, por ejemplo).

2 comentarios:

  1. Hola,
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    Adri.

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  2. Buenos días quisiera saber si yo tengo alguna oportunidad de poder demandar una empresa donde tuve el accidente pues lo que pasa es que en vista de la situación del país tuve que acertar cierta cantidad el cual estoy inconforme ya que el accidente que tuve me a dejado incapacitado!...

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